Sublímite por víctima para daños personales. Importancia de su definición y delimitación.
En los Seguros de RC es frecuente que, aparte de la suma asegurada fijada para cada una de las garantías, las partes contratantes pacten sublímites por víctima a los efectos de delimitar el monto de indemnización en caso de daños personales.
La fijación de dichos sublímites, en caso de accidentes sufridos por personas, está intrínsecamente ligada con el cálculo de la prima pues es evidente que, al fijar un importe máximo por víctima inferior a la suma asegurada, el asegurador minimiza el riesgo (con la consecuente reducción en la prima pactada) en la medida de que, en caso de siniestro, la indemnización a pagar por el asegurador es menor.
Tales sublímites por víctima se suelen ver en los Seguros de Responsabilidad Civil de explotación y/o patrimonial, en los seguros de RC patronal, en los seguros de RC profesional, etc… Tal y como tiene reconocida la Jurisprudencia el sublímite por víctima, es una cláusula delimitadora del riesgo perfectamente oponible al tercero (STS 227/2014 de 22 de mayo).
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